Trae a tu prometido/a a Estados Unidos con la visa K-1, diseñada para facilitar la unión familiar. En EM Immigration Law Firm gestionamos tu petición desde la preparación del Formulario I-129F hasta la aprobación consular, garantizando un proceso transparente, rápido y sin contratiempos.
¿Por qué elegirnos?
- Tres motivos para elegir nuestra asesoría en visas K-1:
- Dominio del Formulario I-129F: Completamos tu petición con todos los documentos y pruebas necesarias para evitar demoras y solicitudes de evidencia adicional (RFE).
- Seguimiento integral: Monitoreamos cada etapa ante USCIS, el National Visa Center y el consulado, manteniéndote informado del avance.
- Preparación para la entrevista: Te entrenamos para la entrevista consular y resolvemos cualquier requerimiento extra, aumentando tus probabilidades de éxito.
Pasos del Proceso
1- Evaluación inicial
Revisamos tu relación y recogemos evidencias (fotos, vuelos, chats).
2- Preparación y presentación del I-129F
Completamos y enviamos el formulario a USCIS con toda la documentación de respaldo.
3- Aprobación de USCIS
Tu caso se envía al National Visa Center para el control de tarifas y documentos.
4- Procesamiento consular
Coordinamos la cita en el consulado o embajada de EE. UU. para la entrevista del beneficiario/a.
5- Entrevista y emisión de visa
Te preparamos para las preguntas clave; tras aprobación, se expide la visa K-1.
6- Ingreso y matrimonio
Tu prometido/a ingresa y deben casarse dentro de 90 días.
Preguntas frecuentes
Es una visa tipo K-1 que permite a un/a ciudadano/a estadounidense traer a su prometido/a extranjero/a a los Estados Unidos para casarse dentro de los 90 días posteriores a su llegada.
El/la peticionario/a debe ser ciudadano/a de los Estados Unidos y estar comprometido/a con una persona que reside fuera del país.
Ambos deben ser legalmente libres para casarse.
Deben tener la intención de casarse dentro de los 90 días desde la entrada del/la prometido/a a EE.UU.
Deben haberse conocido en persona en los últimos 2 años, salvo que eso viole tradiciones culturales o religiosas de forma demostrable.
En general, deben haberse visto en los últimos dos años. Solo se puede pedir una excepción si el encuentro personal viola costumbres estrictas de la cultura o religión del/la prometido/a, lo cual debe ser bien documentado.
No. Solo los ciudadanos/as estadounidenses pueden solicitar la visa de prometido/a.
Casos de Éxito
Estas son las razones por las cuales nos sentimos orgullosos de nuestro trabajo y lo desempeñamos cada dia con más amor.
ANA MARÍA BLANCO Y CRISTIAN PÉREZ
Proceso: Visa de prometidos
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